Sugerencias a la «Consulta Pública Previa sobre el PGOM»

El gobierno municipal estableció una consulta pública vía web con un enlace “al contenido completo de la consulta pública previa del PGOM y del POU” que llevaba, a su vez, a un documento llamado “Evaluación del desarrollo del Planeamiento Urbanístico de San Fernando en la perspectiva de la nueva Agenda Urbana 2030 y los objetivos del milenio”.

Dicha consulta pública solicita “sugerencias a la Consulta Pública Previa sobre el PGOM” estableciendo como único medio informativo dicho documento en formato pdf de 172 páginas y un plazo de 15 días (entre el 10 y el 24 de octubre).

CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS DE IZQUIERDA UNIDA SOBRE EL PROCESO DE CONSULTA CON CARÁCTER PREVIO A LA ELABORACIÓN DE LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Desde IU-La Isla consideramos que el procedimiento abierto para la consulta pública es confuso, sobre todo tratándose de un tema tan complejo como la elaboración y actualización de la normativa que va a regir el futuro urbanístico de nuestra ciudad.

Se ofrece un archivo pdf llamado “evaluación del desarrollo del planeamiento urbanístico de San Fernando en la perspectiva de la nueva Agenda Urbana 2030 y los objetivos del milenio”. Dicho archivo contiene un documento realizado por una empresa externa, firmado y entregado el 18 de octubre de 2021.

Llama la atención que el proceso de evaluación se haya limitado a la contratación de una empresa externa para la redacción del citado documento, y no se haya facilitado herramientas de evaluación que provengan del propio movimiento vecinal de la ciudad, sus organizaciones, colectivos, particulares… Ni siquiera la propuesta de consulta pública propone una “hoja de ruta” municipal de cara a la elaboración de la nueva normativa urbanística.

Tenemos, pues, que el gobierno municipal ha necesitado prácticamente un año para plantear la consulta que ahora nos ocupa. Una consulta que se limita a dejar en un apartado de la web municipal el citado archivo pdf de 172 páginas para que la ciudadanía mande, en base al mismo, sugerencias sobre un proceso de elaboración de normativa urbanística. Cabe indicar que la alcaldesa necesitó algo más de 15 días para comunicar las conclusiones del mismo documento.

No se entiende muy bien el propósito de pedir sugerencias en base a un documento de estas características, habida cuenta del tiempo que ha pasado y de los comunicados de prensa que ha realizado el gobierno municipal al respecto. Se trata de una consulta que limita la participación, ya que solo pueden participar las personas que tienen acceso y manejo con herramientas web.

Esta carencia informativa viene relatada en el propio documento en la página 156 del archivo (156 en el pie de página), donde dice textualmente: “El Plan General, ya dio cumplimiento a los compromisos y exigencias legales en materia participación ciudadana e información pública. Si bien, la no disponibilidad de Sistema de Información Geográfica o plataforma digital donde quede integrado la información asociada a este documento urbanístico, dificulta su accesibilidad y un conocimiento más integral de las propuestas y contenidos”.

Estamos convencidos que IU-La Isla no será la única en cuestionar la fórmula participativa que ha planteado el gobierno municipal; se trata de una consulta pública planteada de forma confusa y deficiente. En este sentido, la SUGERENCIA principal que aportamos al gobierno municipal es que, con urgencia, se establezca un proceso informativo y participativo en condiciones. Si de verdad el gobierno municipal quiere recabar la opinión de la ciudadanía sobre la elaboración de la normativa urbanística, proponemos lo siguiente:

  • Desarrollar una fase informativa:
    • Web exclusiva sobre la elaboración de la nueva normativa urbanística, con todos los documentos y fuentes legales necesarios para su consulta telemática.
    • Oficina informativa: atención presencial para informarse y atender consultas relativas al procedimiento urbanístico que nos ocupa.
    • Campaña informativa: videos, cartelería, medios de comunicación, buzoneo.
  • Para maximizar el alcance de la participación ciudadana, es obligado tener como objetivo facilitar la comprensión de contenidos complejos (pedagogía). Por ejemplo, a través de:
    • Jornadas presenciales con personas expertas (donde expertos y colectivos de la ciudad puedan conversar cara a cara, atender dudas y proponer sugerencias).
      • Por temática.
      • Por barriadas.

INSISTIMOS: si de verdad se pretende la implicación de la ciudadanía en la elaboración del nuevo ordenamiento urbanístico (que consideramos indispensable), esta no se puede limitar a dar 15 días para recibir sugerencias por email en base a un documento de hace un año. Estamos tratando nada menos que el futuro normativo urbano de una ciudad que está cerca de los 100.000 habitantes.

COMENTARIOS SOBRE EL DOCUMENTO “EVALUACIÓN DEL DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DE SAN FERNANDO EN LA PERSPECTIVA DE LA NUEVA AGENDA URBANA 2030 Y LOS OBJETIVOS DEL MILENIO”

            En el apartado web donde se abre la consulta pública se ofrece este documento como única herramienta para consultar y procurar “sugerencias” de la ciudadanía. Es razonable pensar que, dado que el documento tiene un año de antigüedad, algunos datos pueden estar desfasados. Dado el plazo tan limitado que se ha abierto para su consulta, querríamos que se tuviese a bien tener en cuenta estas consideraciones, algunas que inciden en lo planteado anteriormente: 

  1. El tiempo que pasa entre que se entrega el documento y se ofrece a la ciudadanía para la consulta pública es excesivo. En la página 8 del documento (4 según su pie de página), menciona que el documento describe el “estado actual” del desarrollo del Plan General. Dado, como ha quedado dicho, que el documento fue entregado el 18 de octubre de 2021, se da a entender que en este último año el gobierno municipal no ha avanzado nada respecto a dicho “estado actual”. Sugerimos que dicho documento incluya una adenda que precise si, efectivamente, ha habido evolución desde la fecha que figura en el documento hasta la fecha en la que se convocó la consulta pública.
  1. El apartado “Hacia un urbanismo sostenible. Marco institucional de referencia” que comprende las páginas 9 a 15 del documento (5 a 11 en los pies de página), es un contenido que aparece textualmente igual (es la misma empresa) en el “Plan de Acción Territorial de la Vega Baja” correspondiente a la Comunidad Valenciana. En concreto, las páginas 230-231 de la Memòria d’Ordenació. No discutimos la necesidad de ese apartado pues muestra un marco institucional que es convalidable perfectamente en todos los municipios, aunque consideramos que se debían haber incluido elementos con particularidades de La Isla. Cabe destacar que el citado documento para esa zona valenciana se firmó el 13 de diciembre de 2021 y solo dos días después se publicó en los medios que se abría un periodo de TRES MESES para formular alegaciones y sugerencias. Aquí el periodo es de 15 días después de un año.
  1. El apartado “Aproximación al municipio de San Fernando desde los datos e indicadores descriptivos de la AUE” que comprende las páginas 17 a 25 del documento (13 a 21 en los pies de página), consta de una serie de tablas cuyo formato no facilita su lectura a personas con problemas visuales. Lo mismo sucede con otros esquemas y gráficos. La guía docente para una enseñanza virtual accesible (de la Cátedra de Accesibilidad de la Universidad Complutense de Madrid) proporciona una serie de indicaciones que consideramos útiles para la exposición pública de documentos en este formato: poner texto alternativo para todos los elementos no textuales, en los elementos gráficos incrustados en el PDF proporcionar equivalentes textuales de los mismos, explicar las abreviaturas y acrónimos la primera vez que aparezcan en el mismo, escribir con un lenguaje claro y sencillo, no basar la información sólo en el color asegurando que toda la información ‪disponible con color también lo esté si el color no está disponible, etcétera. Estos contenidos deben ser ACCESIBLES a personas que padezcan problemas de visión y ampliar de esta manera la participación ciudadana que el propio documento preconiza. Acudir para ello a expertos en la materia y aplicar los criterios que garanticen dicha accesibilidad tanto en este documento como en todos los futuros que desarrolle el Ayuntamiento.
  1. Del apartado 1.1 “Fundamentos del Plan” que comprende las páginas 31 a 34 del documento (27 a 30 en los pies de página), se echa en falta que el contenido haga referencias al articulado o contenido específico del Plan en el que se basa. Por poner un ejemplo concreto, lo establecido en la página 32 del documento (página 28 en el pie de página), en el segundo guion del apartado cuatro sobre la relación con el mercado del suelo, donde dice “potenciar la actuación de la iniciativa privada en el proceso de planeamiento”, se podría precisar que hace referencia al punto 2 del artículo 4.1.1 del vigente PGOU que está disponible en la web municipal. Por tanto, se debería referenciar (por lo menos) los contenidos de los apartados 1.1 y 1.2 del documento con el articulado del Plan vigente.
  1. En la página 53 (la 49 en el pie de página), sobre las modificaciones del PGOU, entendemos que ha podido cambiar el estado de alguna de ellas desde que se entregó el documento hace un año. El gobierno municipal debe facilitar información actualizada, comprobar si en los meses que ha pasado desde la entrega del documento ha habido algún avance en las modificaciones que relata.
  1. En la página 54 (la 50 en el pie de página), sobre las modificaciones del PGOU que se encuentran en tramitación, se mencionan la modificación puntual sobre la Ficha de la Finca 251 de Calle Real, y la modificación puntual sobre la Ficha Manuel Roldán 8-10. Sin embargo, en la web municipal dedicada a los expedientes en tramitación no figura la primera de las modificaciones mencionadas. No sabemos si se debe a que dicha modificación ya se está ejecutada. Así que, relacionado también con el anterior punto, creemos que el apartado “Estado de desarrollo del Plan General y documentos sobrevenidos” ofrecido a consulta no contiene información actualizada.
  1. En la página 56 (la 52 en el pie de página), menciona la existencia de un documento denominado “Estudio Técnico y Económico para para el trazado de itinerarios nuevos y remodelación de los itinerarios Bici existentes en San Fernando”. No hemos localizado ese documento en la web municipal. Si bien en la página 128 del archivo (124 del documento) hay un mapa con una propuesta del carril-bici, ignoramos si se basa en dicho estudio y si hubo un proceso participativo para su elaboración. Esta consulta pública carece, a nuestro entender, de muchas cosas. Una de ellas es el acceso a estudios (como el citado sobre el carril bici) para poder contrastar contenidos, evaluar posibles avances y tener ocasión de realizar sugerencias informadas en estos temas tratados en el documento.
  1. En la página 64 (la 60 en el pie de página), menciona los indicadores seleccionados para realizar la evaluación del Plan General de Ordenación Urbanística vigente, así como los no contemplados. Otra vez, habría que referenciar los apartados con el contenido del PGOU que es objeto de la evaluación, y justificar los motivos que han llevado a no contemplar los indicadores descartados (no simplemente mencionarlos, como el caso de los indicadores que hacen referencia a distribución de gasto total destinados a preservación, protección y conservación del patrimonio).
  1. En las páginas 91, 93 y 99 del archivo (87, 89, 95 de los pies de página respectivos), se relaciona el término “greenurbandata” con el Sistema de Indicadores Ambientales. El documento no deja claro a qué se refiere ese término y si se trata de “GreenUrbanData”, una empresa valenciana que proporciona datos para proyectos como el del documento de evaluación del PGOU. Creemos que en documentos de evaluación de este tipo se debe precisar el significado o la fuente de términos que aparecen aislados como el de “greenurbandata”. Y si se trata de una aportación de otra empresa consultora, mencionarlo (e informar del coste).
  1. En la página 124 del archivo (120 del pie de página), especifica que “las propuestas en materia de gestión de residuos, deben adecuarse hoy al marco que se establece desde el “Plan Integral de Residuos de Andalucía. Hacia una economía circular en el horizonte 2030”, actualmente en fase de redacción, pero que se constituye en el marco de referencia para la planificación de residuos en la comunidad”. Creemos que este contenido también es susceptible de ser actualizado. El Plan Integral de Residuos de Andalucía se encuentra actualmente disponible en la web de la Junta. Y el Proyecto de la Ley de Economía Circular de Andalucía (LECA) está aprobado pendiente de la tramitación parlamentaria (pero que saldrá adelante dada la mayoría absoluta del PP).
  1. En la página 131 del archivo (127 del pie de página), vuelve a mencionarse el “Estudio Técnico y Económico para el trazado de itinerarios nuevos y remodelación de los itinerarios bici existentes en San Fernando” al que no se ha tenido acceso (ni tiempo) para evaluarlo y poder realizar sugerencias con el rigor que este tema merece. Respecto a cuando dice “analizado el nivel y estado de desarrollo de las mismas, debe incidir en la capacidad sobre las capacidades de paso”, entendemos que incide en “las capacidades” y no “la capacidad de las capacidades”. No obstante, creemos que el análisis sobre el carril-bici pasa por el alto el estado de abandono que presenta en muchos tramos.

El documento, sin bien es cierto que realiza una recopilación de datos e información útiles como posible guía, hace al final una serie de valoraciones en un tono “amable” y poco realista, sirva de nuevo la evaluación del carril-bici que hoy por hoy es impracticable en muchos tramos.

Otro ejemplo lo encontramos en la página 107 del archivo (103 en el pie de página) donde se dice: «La Población existente referencia para el PGOU (año 2009) es de 96.366 habitantes. En base los crecimientos propuestos el Plan General incrementa la población existente en 18.528 habitantes, lo que supone una población total al horizonte de 15 años de desarrollo del plan de 114.894 habitantes«. Pero en el documento no hay una evaluación o valoración que explique el retroceso previsto en el número de habitantes.

En definitiva, dudamos que el gobierno municipal considere que 15 días son suficientes para recabar “sugerencias” de la ciudadanía. La renovación de la normativa urbanística, los retos de la Agenda Urbana Española y de la Agenda 2030, merecen un proceso de información y participación. Hágase.